domingo, 17 de mayo de 2009

tema 2 bloque 1

1. Diferencias y evolución entre las distintas leyes que abarcan la Educación de Personas Adultas.

Las leyes presentadas para su análisis y comparación son:

- LOGSE 1970

- LOSE 1990

- LOE 2006

- LEA 2008

Realizaré la comparación señalando los aspectos más destacados de cada una de ellas y siguiendo un orden cronológico.

La Ley pionera fue la LOGSE, de 1970, esta está enfocada a retomar los estudios abandonados, al perfeccionamiento y promoción.
No tiene en cuenta a los analfabetos, sólo está enfocada a personas que anteriormente estuvieron dentro del sistema o desean ampliar sus conocimientos.
Esta Ley además no ofrece ningún trato especial de acuerdo al colectivo al que hace referencia, en este caso, adultos. Así, ofrece la opción de retomar pero manteniendo el mismo tipo de enseñanza, se incorporan con el curriculum que ya está previsto, el que desarrollan los centros educativos con los alumnos de acuerdo con la edad en que deberían incorporarse si no se diese el abandono.
Esta Ley está planteada de una forma muy superficial y poco precisa; no detalla objetivos, organización o cualquier otro apartado para precisar.

Ya con la Ley del 90, la LOSE, se observan avances importantes, como la especificación de objetivos y la inclusión de enseñanzas básicas, dando cabida a la alfabetización.
Es un comienzo a la adaptación de la oferta educativa al colectivo de adultos, teniendo en cuenta sus características propias y necesidades. En relación a este tema se convocan también pruebas libres para la obtención de títulos (adultos formados en un oficio toda su vida que puedan obtener un reconocimiento de su oficio y sus conocimientos) y el acceso a las universidades y la implantación de una educación a distancia.
La siguiente Ley a analizar es la LOE, de 2006. Esta presenta una redacción mucho más clara y concreta señalando y diferenciando diversos aspectos como objetivos, organización, enseñanzas básicas, post-obligatorias y tipo de centros.
Presenta una mayor adaptación en función de las necesidades propias del colectivo. Esta es uno de los avances más destacados, así, mientras la LOGSE daba opción sólo a incorporarse al sistema general, esta facilita la vuelta al estudio, tiene en cuenta las motivaciones del adulto, su distinto ritmo de vida, el hecho de compaginar la educación con trabajo y distintas obligaciones, etc. En relación, destacar la incorporación a la educación para personas adultas de menores a partir de 16 años siempre y cuando las circunstancias lo hagan necesario y oportuno.
Por último mencionar a los inmigrantes, a los cuales ya se les tiene en cuenta, circunstancia quizá provocada por la llegada masiva de estos, el aumento de la demanda y la necesidad de insertarlos en la sociedad.

Por último hablar de la LEA, Ley de Educación de Andalucía, primera ley a nivel autonómico.
Es positiva la especialización y adaptación que impulsó la LOE, pero la LEA va más allá, cree y así se expone, que es favorable una red de aprendizaje, conectar el centro de adultos con institutos, no quedarse aislados, no ir por otro camino, sino seguir una misma línea, donde sean los profesores de los centros ordinarios los que evalúen, pero sin dejar de tener en el centro una atención especializada y condiciones adecuadas a sus necesidades.
Esta Ley mantiene la excepción de incorporación de menores de 16 años que impulsó la LOE. Sigue su esquema acercándola a las necesidades de los andaluces, a la ciudadanía a quien va dirigida. Quizá si cabe es más concreta, como por ejemplo en el tema de señalar los planes educativos, diferenciando la educación presencial, semi-presencial o a distancia.
Por último resaltar el cambio de terminología que presenta, llamando a los centros de adultos centros de educación permanente.

Personalmente, creo que este tipo de enseñanza está evolucionando a muy buen ritmo y de forma acertada. Destacaría el hecho planteado por la LOE y rematado por la LEA de tener en cuenta las necesidades propias del colectivo pero sin desvincularlo del sistema educativo formal, la introducción por parte de la LOSE de enseñanzas básicas y la incorporación del colectivo inmigrante a partir de la LOE.

No hay comentarios:

Publicar un comentario